DECLARACIÓN DE LA RENTA

Como sabemos, en la declaración de la renta pueden incluirse a los hijos menores de 25 años que trabajan si sus ingresos no superan los 8.000 euros anuales y no presentan declaración por su cuenta, o si no superan los 1.800 euros en caso de que sí la presenten.

A veces, la duda es si esos ingresos que han obtenido los hijos hay que incluirlos en la declaración.

hijos menores

Pues bien, los casos pueden ser los siguientes:

  • Si los descendientes son menores de 25 años y tienen rentas inferiores a 8.000 euros, esas rentas no tienen que incluirse en la declaración de los padres, pero esos hijos sí dan derecho a reducción por descendientes. Eso sí, no sería posible tributar con ellos de forma conjunta. En el caso de que sus ingresos superen los 8.000 euros no pueden incluirse en la declaración de los padres para aplicar el mínimo por descendientes. Si, además, estuvieran obligados a declarar, tendrían que hacerlo de forma individual.
  • Si los descendientes son menores de 18 años (o siendo mayores forman parte de la unidad familiar por tener discapacidad) y no han tenido rentas superiores a 8.000 euros ni presentan de forma independiente su declaración con rentas superiores a 1.800 euros, no hay que incluir sus ingresos en la declaración de los padres y dan derecho a aplicar el mínimo por descendientes. Sí es posible tributar con ellos de forma conjunta, en cuyo caso sí habría que incluir sus rentas. Si sus rentas superan los 8.000 euros, al igual que en el caso anterior, sus padres no tendrían deducción por ellos.

Si hay hijos menores de 18 años e hijos mayores de 18, pero menores de 25, es posible la presentación de una declaración conjunta (padres y menores de 18), en la que se aplique la reducción por descendiente por los mayores de 18 menores de 25 años (siempre que cumplan los requisitos señalados).

Un ejemplo práctico:

  1. Una persona tiene un hijo de 24 años a su cargo.
  2. El hijo ha obtenido unos ingresos anuales de 7.500 euros.

El declarante puede incluir a su hijo como descendiente con la correspondiente deducción y no tendrá que reflejar los ingresos obtenidos por su hijo al no superar los 8.000 euros.

hijos menores renta

Las rentas obtenidas por los hijos pueden ser de distinta naturaleza y no solo rendimientos del trabajo. Pueden ser ganancias patrimoniales derivadas de la venta de acciones o rendimientos del capital mobiliario generados por cualquier producto financiero o de ahorro, las cuales pueden obtenerlas los descendientes de cualquier edad. 

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